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¿Cuánto cuesta suplantar a un famoso en Twitter o Facebook?

La facilidad que ofrecen las redes sociales para dar este paso y para crear perfiles hace que incluso quien no quiera formar parte de ellas se encuentre allí sin saberlo.

Enviado el 04 de Septiembre de 2013

Estar o no estar en una red social puede ser una decisión personal, profesional o incluso empresarial. Sin embargo, la facilidad que ofrecen las redes para dar este paso y para crear perfiles hace que incluso quien no quiera formar parte de ellas se encuentre allí sin saberlo.

Así sucede en los casos de suplantación de identidad que proliferan en entornos como Facebook o Twitter. Especialmente esta última ha vivido casos muy sonados en los que famosos, políticos, instituciones o empresas han sufrido las consecuencias de las actuaciones de terceros, que crean perfiles falsos aprovechando el anonimato tras el que se esconden en la famosa plataforma online de microblogging.

Registrar un perfil ficticio sin emplear datos o la fotografía de alguien en concreto no tiene repercusión desde el punto de vista jurídico, más allá del incumplimiento de los términos de uso de la red social y la posible eliminación del perfil por los administradores de la página.

El tema cambia si el perfil creado utiliza la fotografía o los datos de alguien, en cuyo caso se estaría produciendo, de entrada, un ilícito civil por vulneración del derecho a la propia imagen reconocido expresamente en el artículo 18 de la Constitución. Además, también podría ser un delito de usurpación de identidad tipificado en el artículo 401 del Código Penal, castigado con pena de prisión de seis meses a tres años, por hacerse pasar por otro individuo sin su consentimiento o usurpar la identidad de una persona.

Cómo actuar

Una vez producido un caso de suplantación, si lo que se pretende es la mera eliminación del perfil, la interposición de acciones legales es poco efectiva, ya que puede tardarse años en obtener una sentencia estimatoria y minutos en generar un nuevo perfil infractor.

Éste fue el caso, por ejemplo, de la escritora Lucía Etxebarría, que tardó más de dos años en lograr eliminar un perfil que suplantaba su identidad en Twitter.

Por ello, lo más oportuno es acudir a las vías de reporte de infracción que las propias redes sociales ponen a disposición de los usuarios, ya que lo habitual es que actúen de forma implacable ante este tipo de situaciones.

Pese a ser éste el camino más rápido y sencillo para la eliminación inmediata de un perfil, los daños causados pueden ser objeto de indemnización si se llega a juicio.

Ya ha habido diversas sentencias al respecto, como en el caso de dos jóvenes que fueron condenadas en 2011 a pagar 12.400 euros de indemnización y 200 euros de multa cada una por abrir un perfil falso en la red Tuenti a nombre de otra chica con el único objetivo de ridiculizarla. Las adolescentes condenadas por la Audiencia Provincial de Segovia llegaron a subir una foto real de su víctima, indicando sus datos personales y su centro de estudios.

Este tipo de situaciones en las que los afectados son particulares resultan recurrentes y no sólo entre adolescentes, donde se repite con frecuencia.

Hace dos años, la Agencia Española de Protección de Datos impuso la primera multa, por importe de 2.000 euros, a una mujer por haber creado un perfil en la red social Badoo con datos personales de otra, incluyendo su móvil.

Este hecho y el tipo de perfil –con reclamos de tipo sexual–, hizo que recibiera múltiples llamadas de solicitud de contacto sexual, lo que le obligó a presentar una denuncia ante la Guardia Civil para que el perfil fuera dado de baja.